The Objective | La nueva ley contra la corrupción expone a las empresas a multas millonarias

Juan Molins, socio de MDC Abogados, repasa en el medio de comunicación The Objective los puntos clave de la Nueva Ley contra la corrupción que ha impulsado el Gobierno y que entró en vigor el pasado 13 de marzo.

“La conocida como ley Whistleblowing da lugar a sanciones administrativas desproporcionadas con respecto al Código Penal. Prácticamente considera cualquier infracción como muy grave. Se pasa de frenada en ese sentido y se queda muy corta en los aspectos que debía garantizar. Además, pone en riesgo principios como el derecho a la asistencia letrada o el derecho a no autoincriminarse”, indica Juan Molins, experto en compliance penal.

En este sentido, la nueva norma, como resultado de la trasposición de la Directiva 2019/1937 de la Unión Europea (UE), obliga a todas las empresas de más de 50 empleados, partidos políticos, sindicatos, organizaciones o fundaciones que reciban fondos públicos para su financiación, a implantar un sistema o canal interno que permita a los trabajadores hacer sus denuncias, incluso de forma anónima, y sin poder ser objeto de represalias por sus superiores.

Sanciones de hasta un millón de euros

Las infracciones muy graves de esta ley contra la corrupción están ya castigadas con multas de entre 600.001 euros y un millón de euros para empresas. Las empresas, además, quedarán excluidas de participar en licitaciones públicas durante un máximo de tres años. Para las personas físicas, por su parte, se establecen sanciones de 100.001 a 600.000 euros por las infracciones muy graves.

En este sentido, según explican desde MDC Abogados esas cantidades son exponencialmente superiores a las que contempla el Código Penal para delitos de corrupción: 36.000 euros para la revelación de secretos o 150.000 euros para el blanqueo de capitales. Esto contrasta, tal y como se explica en The Objective, con la reciente rebaja de sanciones e inhabilitaciones para la malversación impulsada recientemente por el mismo Gobierno.

Asimismo, Molins añade que los artículos 38 y 39 de la nueva ley contra la corrupción están “plagados de buenas intenciones que, en la práctica, suponen un engaño para los informantes, ya que no les protege de la revelación de secretos o de otros delitos si el caso pasa de la vía administrativa a la penal”.

«Nuestro consejo es que cualquier persona que quiera acogerse a esta ley y que quiera revelar los posibles actos de corrupción en su empresa u organismo público, debe asesorarse muy bien jurídicamente antes de ir a denunciar«, concluye Molins.

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